PLANES DE TERMINALIDAD

VENCIMIENTO DEL PLAZO PARA LA FINALIZACIÓN DE LA CARRERA

El “PLAN DE TERMINALIDAD: VENCIMIENTO DEL PLAZO PARA LA FINALIZACIÓN DE LA CARRERA” está encuadrado en los art. 78, 79, 80, 89 y 90 del RAM. Tiene como propósito brindar al o la estudiante que haya agotado el tiempo máximo para la finalización de la carrera (art 78 y 79 RAM ) una opción para concluirla.

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CAMBIO DEL PLAN DE ESTUDIO

El “PLAN DE TERMINALIDAD: CAMBIO DE PLAN DE ESTUDIOS” está encuadrado en el art. 77 del RAM: 
Cuando el plan de estudios pierda vigencia por actualización y/o cambio de diseño, se deberá evaluar la condición académica del o la estudiante, brindándole la posibilidad de acceder a un plan de terminalidad o a la opción de inscribirse en el nuevo plan de estudios, con la aplicación de reconocimiento de saberes, sistema de créditos o equivalencias.

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ATENCIÓN PRESENCIAL DEL ÁREA: a cargo de Claudia Fernández | Lunes a viernes de 8.30 a 15.30 horas | 2° piso, edificio de calle Montevideo.